La resolución fue publicada en el Boletín Oficial y reemplaza la antigua norma que prohibía el acceso a este tipo de armas. Desde ahora, se implementará un sistema de permisos especiales, sujetos a condiciones estrictas.  

El gobierno de Javier Milei habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. La medida entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial y reemplaza la prohibición previa que regía sobre este tipo de armamento.
Según la nueva normativa, el cambio introduce un sistema de permisos especiales bajo la supervisión exclusiva del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad. De esta manera, se pasa de un esquema restrictivo a un régimen de control basado en la trazabilidad y la justificación deportiva.
A partir de esta reforma, los legítimos usuarios y las entidades de tiro podrán adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores removibles (como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares y con calibres superiores al .22 LR), siempre que cumplan con estrictos requisitos de seguridad y acreditación.
Entre los puntos centrales, el RENAR asume la fiscalización y aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, consolidando los procedimientos luego de derogar las normativas del antiguo régimen. El nuevo esquema exige una identificación precisa de cada arma, declaraciones juradas y documentación probatoria para cada solicitud.
La medida también formaliza un cambio institucional: la Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse oficialmente Registro Nacional de Armas (RENAR) y queda bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional. Desde ahora, este organismo será la autoridad central encargada de la aplicación, control y fiscalización de toda la normativa vinculada a armas y explosivos.
Requisitos para acceder al permiso especialIdentificación completa del arma (tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie).
Contar con un Sector de Guarda tipo G2 aprobado como almacenamiento seguro.
Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada de documentación y fotografías.
Abonar la tasa correspondiente, equivalente a la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
Acreditar uso deportivo mediante:
Certificación de entidad de tiro con instalaciones propias.
Representación en competencias nacionales o internacionales.
Solicitud avalada por una entidad habilitada para prácticas deportivas o didácticas.
No poseer sanciones ni trámites pendientes ante el RENAR.
Tener al menos cinco años de antigüedad como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
Presentar elementos adicionales que respalden la pertinencia del pedido, evaluados por la autoridad competente.
El nuevo régimen redefine las condiciones de acceso y control para los usuarios civiles, apuntando a una regulación más precisa y transparente del uso de armamento semiautomático en el país
